Gobierno reglamentó la renta vitalicia inmobiliaria

Bogotá. Septiembre 5 del 2018. Rueda de Prensa con Jonathan Malagón González, ministro de Vivienda (Colprensa – Álvaro Tavera)

El gobierno nacional reglamentó el mecanismo de la Renta Vitalicia Inmobiliaria, con el cual se busca que los hogares colombianos utilicen el patrimonio inmobiliario para aumentar los ingresos habituales de los adultos mayores.

De acuerdo con el director de la Unidad de Regulación Financiera, “desde hace años, Colombia ha venido promoviendo estrategias con el objetivo de desarrollar un sistema financiero eficiente, que atienda a la sociedad, cuente con una amplia variedad de productos e incentive la participación de más inversionistas; la Renta Vitalicia Inmobiliaria es un avance en este tipo de estrategias».

Indicó que a esta figura podrán acceder voluntariamente todos los hogares que lo deseen y además no hay un límite de edad para aplicar a la esa figura, para lo cual se deberá acreditar la propiedad de un bien inmueble, y transferirá a título de pago del precio de la prima dicho inmueble cuando se suscriba el contrato.

Por su parte el ministro de la Vivienda, Jonathan Malagón, sostuvo que “este es un instrumento que podrán ofrecer las compañías aseguradoras de vida. En el marco de la operación, según se acuerde en el contrato de seguro, los tomadores tendrán el derecho a conservar el uso y disfrute del bien inmueble hasta el fallecimiento del último de ellos”.

Se precisa en la reglamentación que el monto de la renta periódica será determinado por cada entidad aseguradora. Algunas de las principales variables que definirán el monto de la renta periódica son el avalúo del bien inmueble y la edad de los beneficiarios.

La Renta Vitalicia Inmobiliaria en Colombia tendrá dos modalidades, una la renta vitalicia inmobiliaria inmediata y la otra la renta temporal cierta con renta vitalicia inmobiliaria diferida.

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